11 jul 2017

Comprobado en el @TEPF mandan los partidos..Lástima

Sin derecho ni razón/Jorge Alcocer V.
Reforma, 11 de julio de 2017
El 25 de abril el PRI (Edomex) presentó una queja ante el Instituto Electoral local (IEEM), denunciando a los legisladores afiliados a Morena que acudieron, el día martes 3 del mismo mes, al inicio de campaña de Delfina Gómez, por la supuesta violación al artículo 134 de la Constitución y a diversos artículos de la ley electoral.
Por la queja del PRI, el IEEM inició el procedimiento especial sancionador número PES/77/2017; después de realizada la investigación de los hechos turnó el expediente al Tribunal Electoral local, que resolvió que los legisladores denunciados violaron la Constitución al asistir al acto de inicio de campaña de la candidata de Morena. En apoyo a su decisión, el Tribunal local "invocó el acuerdo del INE por el que se emiten normas reglamentarias sobre la imparcialidad en el uso de recursos públicos a que se refiere el artículo 449 párrafo 1, inciso c, de la LGIPE, en relación con el artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, así como el criterio sustentado por la Sala Superior del TEPJF en la tesis de rubro ACTOS PROSELITISTAS, LOS SERVIDORES PUBLICOS DEBEN ABSTENERSE DE ACUDIR A ELLOS EN DIAS HABILES" (SUP/JDC-439/2017; p.16).

Inconformes con el Tribunal local, los senadores y diputados adscritos a Morena acudieron a la Sala Superior del TEPJF, pidiéndole revocar la sentencia; por su parte, el PRI acudió en calidad de tercero interesado, en respaldo del Tribunal local y su sentencia. El 28 de junio los 7 magistrados de la Sala Superior, por unanimidad, resolvieron confirmar lo resuelto por su homólogo local -es decir, la supuesta violación a la Constitución y la ley- por lo que dieron vista a las respectivas contralorías de las cámaras de Senadores y Diputados para que determinen las sanciones procedentes.
Con su sentencia (SUP/JDC- 439/2017) los magistrados de la Sala Superior han establecido que ningún servidor público, incluyendo legisladores, federales o locales, tiene derecho a asistir a actos de precampaña o campaña, ni eventos partidistas, en días hábiles, incluso fuera de su horario de trabajo, o aunque solicite licencia sin goce de sueldo, o esté de vacaciones. En pocas palabras, siete magistrados electorales han decidido que el ejercicio de los derechos políticos, que son también derechos humanos, de la inmensa mayoría de los servidores públicos, solo puede hacerse en días no laborables.
La sentencia de marras de la Sala Superior del TEPJF se aprobó sin derecho ni razón. Es, en el mejor de los casos, producto del exceso interpretativo de sus siete magistrados; pero en el peor, es un ejemplo más de su falta de autonomía, de la subordinación a los intereses de los partidos políticos que los designaron, y además les dieron, a cuatro de ellos, el regalazo de extenderles el periodo de mandato, eso sí en flagrante violación a la Constitución y las leyes.
El autor de la sentencia, Indalfer Infante Gonzales, y sus seis colegas, han hecho la más torcida interpretación imaginable del artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, que se refiere a la obligación de los servidores públicos "de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad en la competencia entre partidos políticos".
Es evidente que los senadores y diputados no tienen bajo su responsabilidad recursos públicos, por lo que su asistencia a actos de campaña no puede influir en la equidad en la competencia entre partidos políticos. Nunca fue intención de la reforma que introdujo la disposición constitucional (2007) homologar a los legisladores con funcionarios gubernamentales, en particular con los que deciden el destino y uso de recursos. Sostener que la sola presencia de legisladores en actos de campaña, o en eventos partidistas, representa un uso indebido de recursos públicos, es un exceso interpretativo. Es, para decirlo de manera directa, una soberana tontería.
Lo más preocupante es que los siete autores de la tontería calificarán la elección presidencial del próximo año.

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