24 abr 2017

Los derechos humanos de los periodistas/ Fred Alvarez Palafox

Los derechos humanos de los periodistas/ Fred Alvarez Palafox
Hacia una Ley General…!
"Mientras más observo los efectos principales de la prensa libre, más me convenzo de que, en el mundo moderno, la libertad de prensa es la principal y en cierto modo el elemento constitutivo de la libertad". Alexis de Tocqueville, en "La Democracia en América".
Transmitido en el Canal del Congreso:
La libertad de expresión es derecho fundamental del ser humano, constituye una piedra angular de una sociedad democrática. 

No hay democracia sin libertad de expresión..
Libertad de expresión y democracia son conceptos que, desde los inicios del pensamiento liberal, han sido considerados como inseparables.
Intelectuales clásicos como David Hume (siglo XVIII-, quien trató la ética por primera vez en Tratado de la naturaleza humana); Alexis de Tocqueville (siglo XIX) y John Stuart Mill (siglo XIX); y otros contemporáneos como el profesor Karl Popper (siglo XX) y Jurgen Habermas, han propuesto como núcleo central de su teoría acerca de la democracia, que el sustrato básico de la libertad del hombre lo constituye la existencia de una comunidad de personas racionales y bien informadas, capaces de pensar autónomamente.

La libertad de expresarse  en el caso de México están plasmados en los artículo sexto y séptimo de nuestra Constitución el cual establece  como “inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares...”

El sexto dice que " El derecho a la información será garantizado por el Estado…
Hay muchas leyes secundarias sobre el tema 
¿Es suficiente?
No...
En 2012 las y los legisladores aprobaron la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Fue publicada el 25 de junio de 2012 en el DOF, tienen menos de cinco años.., y ya requiere una reforma...
¿Qué dice la Ley?
Tiene por objeto establecer la cooperación entre la Federación y lo estados para implementar y operar las Medidas de Prevención,Preventivas y Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.
Las medidas de protección incluyen: entrega de equipo celular, radio o telefonía satelital; instalación de cámaras, cerraduras, luces u otras medidas de seguridad en las instalaciones de un grupo o casa de una persona; chalecos antibalas y detector de metales; autos blindados. 
La ley creó el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodista el cual es operado por la Secretaría de Gobernación a fin de que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos, de conformidad a lo establecido en el artículo primero de la Constitución. 
Esta ley y lo que señala la Constitución es el marco jurídico de la potencian a los defensores de los Derechos Humanos y periodistas.
¿Ha funcionado?
La respuesta es no como quisiéramos...!
La impunidad es la constante...Además hay muchos decesos; en este año van cuatro, el último es el caso de Maximino Rodríguez Palacios quien fuera  asesinado con impactos de rifles de alto poder en una  tienda comercial en La Paz, Baja California Sur; se suma al de Miroslava Breach, corresponsal de La Jornada en el estado de Chihuahua; Ricardo Monlui Cabrera, director de la publicación digital El Político y columnista de El Diario de Jalapa, y de Cecilio Pineda, reportero policiaco de la región de Tierra Caliente, en Guerrero. 
Y los que se sumen..
Todos ellos asesinados en lo que va del año, todos ellos apuntan a la delincuencia organizada..., y común.
Es innegable que prevalece una situación de impunidad.
Obviamente en esas estadísticas no están todos.., en los últimos años el oficio de periodista es considerado de alto riesgo, igual que los jueces y magistrados que abordan valientemente el tema de la delincuencia organizada.
Los periodistas locales son los más vulnerables, nadie lo duda.
¿Casos concretos?
¡Muchos!
No hay tiempo de comentarlos, recuerdo que el estado Mexicano no pudo resolver un caso paradigmático que casi nadie recuerda, hoy el de Alfredo Jimenez Mota, joven reportero de El Imparcial de Sonora…
Alfredo desapareció el 2 de abril de 2015 en oscuras circunstancias….El describía sobre crimen organizado.
Esa desaparición cobró la vida en menos de un año de 74 personas, 63 de ellas a manos del crimen organizado..
El caso alertó a organismos gremiales y de derechos humanos de todo el mundo.
La SIP siguió el tema a lo que llamó Proyecto Fenix..
El cuerpo de Alfredo nunca fue encontrados, ni sus restos…
El periodista Blancornelas publicó entonces en el semanario Zeta de Tijuana que lo había cocinado…
Lamentable. Ahí quedó ese asunto…en la total impunidad.
¿Qué hacer?
El pasado 21 de febrero la joven diputada Brenda Velázquez Valdez (PAN)- y quien nos convocó a este foro- presentó al pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley General de Protección a Periodistas. 
Es decir, una posible ley no sólo para obligaciones del gobierno federal sino también para los gobiernos estatales y municipales..
En sus considerandos la legisladora explicó que hizo ene consultas con organismos internacionales y nacionales para preparar su iniciativa..
De hecho presentó dos iniciativas: La primera proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección a Periodistas y una reforma a diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, de la Ley Orgánica de la PGR  y del Código Nacional de Procedimientos Penales.
De igual forma, una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
Fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia.
Y  la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se turnó  a la Comisión de Puntos Constitucionales.
¿Es suficiente este conjunto de iniciativas?
No sé, pero se avanzaría.
Tres opiniones.
Aunado a ello, la Comisión Especial que preside la Diputada Velázquez, aprobó recientemente aprobó tres opiniones para fortalecer protección y derechos de los periodistas.
Las dos primeras, referidas a reformas de los artículos 7 y 102 constitucionales, y la tercera, a la Ley para la Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; a diversas disposiciones en materia de derecho a la información y libertad de expresión, y para expedir la Ley General de Protección a Periodistas.
 i) La primera propuesta fue presentada hace unos días por la legisladora Velázquez Valdez, quien plantea reformar y adicionar el artículo 7 constitucional, para incorporar el concepto de libertad de expresión al de libertad de difusión.
 Con ello, busca atender el principio de progresividad para ampliar la protección y defensa del derecho humano de la libertad de expresión y dotar de facultades explícitas al Congreso de la Unión para emitir la legislación nacional en la materia.
 La opinión precisa que el Poder Judicial de la Federación está en vías de desarrollar la interpretación jurisdiccional en materia de derechos humanos, conforme al nuevo contexto derivado de la reforma al artículo primero constitucional.
 De aprobarse el dictamen a la iniciativa, se elevaría a nivel constitucional la confidencialidad de las fuentes periodísticas, establece el documento.
ii) La segunda opinión, aprobada también por mayoría, se refiere a la iniciativa presentada por el diputado Virgilio Caballero (Morena), para dotar de reconocimiento constitucional y autonomía a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos.. “ante la debilidad institucional mostrada desde su creación”.
Como la planteó la diputada Velazquez  la Fiscalía no ha servido para mucho…: de las “más de 800 averiguaciones en los últimos seis años, el 99.7 por ciento quedan sin castigo.”.
La Comisión Especial refirió que la reforma al artículo 102 de la Constitución, propone que la Fiscalía Especial cuente con autonomía de gestión y presupuestaria, y tenga personalidad jurídica, además de crear 32 delegaciones estatales de la misma Fiscalía Especial…
Plantea también la creación de un Consejo Consultivo integrado por 12 consejeros, cuatro académicos, cuatro defensores de derechos humanos y cuatro periodistas, que durarían en su encargo seis años y podrían ser reelectos por un periodo más. 
iii) La tercera opinión, aprobada por unanimidad, consideró viable la iniciativa para expedir la Ley General de Protección a Periodistas y reformar la Ley para la Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, así como diversas disposiciones en materia de derecho a la información y libertad de expresión….
 La expedición de esta norma crearía mecanismos de protección a periodistas en las entidades federativas, ya que el problema más grave de agresiones a este gremio se da a nivel estatal y municipal, e incorpora conceptos internacionales como el derecho a la información y los derechos digitales.
 Asimismo, los conceptos de periodista y colaborador periodístico dictados por la SCJN, crea una Alerta de Riesgo, prevé capacitación a servidores públicos municipales y una reducción en los tiempos de atención a víctimas de agresiones.
 La reforma al artículo 11 párrafo I inciso c) de la Ley Orgánica de la PGR tiene el propósito de armonizar y actualizar este ordenamiento con la expedición del Código Nacional de Procedimientos Penales.
 Los cambios al artículo 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales, buscan incorporar los conceptos de colaborador periodístico y derechos digitales, y que la Fiscalía Especial ejerza su facultad de atracción de manera obligatoria para delitos contra personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión.
¿Qué dice el Código?
Artículo 21. Facultad de atracción de los delitos cometidos contra la libertad de expresión
En los casos de delitos del fuero común cometidos contra algún periodista, persona o instalación, que dolosamente afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta, el Ministerio Público de la Federación podrá ejercer la facultad de atracción para conocerlos y perseguirlos, y los Órganos jurisdiccionales federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos. Esta facultad se ejercerá cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:
I. Existan indicios de que en el hecho constitutivo de delito haya participado algún servidor público de los órdenes estatal o municipal;
II. En la denuncia o querella u otro requisito equivalente, la víctima u ofendido hubiere señalado como probable autor o partícipe a algún servidor público de los órdenes estatal o municipal;
III. Se trate de delitos graves así calificados por este Código y legislación aplicable para prisión preventiva oficiosa;
IV. La vida o integridad física de la víctima u ofendido se encuentre en riesgo real;
V. Lo solicite la autoridad competente de la Entidad federativa de que se trate;
VI. Los hechos constitutivos de delito impacten de manera trascendente al ejercicio del derecho a la información o a las libertades de expresión o imprenta;
VII. En la Entidad federativa en la que se hubiere realizado el hecho constitutivo de delito o se hubieren manifestado sus resultados, existan circunstancias objetivas y generalizadas de riesgo para el ejercicio del derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta;
VIII. El hecho constitutivo de delito trascienda el ámbito de una o más Entidades federativas, o
IX. Por sentencia o resolución de un órgano previsto en cualquier Tratado, se hubiere determinado la responsabilidad internacional del Estado mexicano por defecto u omisión en la investigación, persecución o enjuiciamiento de delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.
En cualquiera de los supuestos anteriores, la víctima u ofendido podrá solicitar al Ministerio Público de la Federación el ejercicio de la facultad de atracción.
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Todo esto está muy muy bien…, pero falta algo…falta armonizar la legislación internacional..
En 2011 hubo en este país una gran reforma en materia de derechos humanos..., y muchas normas no han sido tocadas…,
La aprobación de la reforma simplemente eleva a rango constitucional los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales suscritos por México..
Las normas internacionales le otorgan a la libertad de expresión e información, una protección amplia, con mínimas limitaciones y expresamente enumeradas.
El artículo 13 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, el 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, reflejan claramente el interés de proteger ampliamente este derecho en todo el mundo. La situación en México es alarmante.
A pesar del reconocimiento que otorga nuestra Constitución y los instrumentos internacionales y las decisiones de órganos internacionales, el derecho a la libertad de expresión en nuestro país se encuentra amenazado.
Los datos duros son evidentes.
Desde el 30 de noviembre de 2016, cuando se instaló aquí en San Lázaro, Comisión Especial de Seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación, los datos que se aportaron son graves...
México es el quinto país en el mundo donde resulta más peligroso ejercer el periodismo y el más riesgoso en América Latina, de acuerdo a la UNESCO. Otros más colocan a México en 3 lugar, sólo por debajo de Irak..
En México cada 22 horas es agredido un periodistas, y muere uno cada 26 días, según la Organización Civil “Artículo 19”, en tanto, que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, de la Procuraduría General de la República (PGR), señala que en los últimos 6 años se han abierto más de 800 averiguaciones por este tipo de daños contra periodistas, donde 99.7 por ciento de estas averiguaciones quedan sin castigo.
Entre 2009 y 2015, se registraron mil 832 agresiones, de las cuales mil 73 fueron durante la actual administración, esto significa que “casi 60 por ciento de los ataques a reporteros se realizaron durante el gobierno actual”.
La CNDH ha reportado a esta Cámara de Diputados, que hasta el 25 de enero de este año ya van 92 expedientes abiertos contra agresiones a periodistas, dice ola diputada Brebda.
La diputada Lia Limón García (PVEM) nos dijo que hay avances importantes en la atención de agresiones a periodistas, particularmente con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, ya que a partir de esta se creó un mecanismo de resguardo, con un presupuesto anual de poco más de 100 millones de pesos.
Sin embargo, afirmó, aún hay retos por cumplir, entre ellos que las entidades federativas generen sus propios mecanismos y esquemas de funcionamiento en la materia, con presupuesto propio que les permita atender las agresiones a periodistas y defensores de los derechos humanos; avanzar en investigaciones y mejorar medidas por parte de los tres órganos de gobierno, además de crear fiscalías de investigación en los estados.
El diputado Alberto Martínez Urincho (PRD) sostuvo que el crimen organizado es “una lacra que lastima a la sociedad, en especial a los periodistas porque los silencian”. Ante ello, sugirió obligar a instituciones del Estado a establecer mecanismos a favor de los periodistas y generar una sinergia con las autoridades, a fin de garantizar su seguridad.
Asimismo, realizar investigaciones imparciales y efectivas sobre los asesinatos, agresiones, amenazas y actos de intimidación cometidos contra reporteros y trabajadores de los medios de comunicación, además de juzgar, por parte de tribunales imparciales e independientes, a los responsables de agresiones.
El titular de la Quinta Visitaduría General de la CNDH, Edgar Corzo Sosa, indicó que 2016 se presentaron 12 homicidios y 88 agresiones a periodistas que van desde físicas, verbales, amenazas para impedir su labor e intimidación.
“Una serie de actos que hacen que la labor del periodista y de los medios de comunicación no sea una tarea fácil, es un ambiente de alto riesgo, por lo que debemos estar a la altura de lo que se requiere para protegerlos”, apuntó.
Para la Relatora para la Libertad de Expresión de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Balbina Flores Martínez, la desaparición y desplazamiento de periodistas es una situación que preocupa, ya que en México se reportan 20 periodistas desaparecidos. 
En su intervención, el titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión, de la Procuraduría General de la República, Ricardo Nájera Herrera, expresó que “no hay fiscalías en los estados que atiendan esta problemática, cuando normalmente es en las entidades donde comienzan las agresiones; sin embargo, se ha logrado sujetar a procesos a diversas personas, donde ya se condenó por abuso de autoridad a un ex presidente municipal de Veracruz y otro de Yucatán.
En suma en México hay  asesinatos. secuestro y las múltiples amenazas e intimidaciones a periodistas..
La impunidad de los crímenes contra periodistas es una constante....
¿Qué están haciendo en México para evitarlo?
Muy poco...
Además del trabajo de la CNDH, y del Mecanismos no da los resultados esperados.
Hace tres años y medio, el 18 de diciembre de 2013, la Asamblea General de la ONU aprobó su primera resolución relativa a la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad (A/RES/68/163), en la que condena todo tipo de ataques contra los trabajadores de los medios, y proclama el día 2 de noviembre -día de los fieles difunto en México- como el “Día Internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas”.
Esta resolución insta a los Estados Miembros a que tomen medidas concretas para prevenir las agresiones contra los periodistas, asegurar que los responsables sean llevados ante la justicia y garantizar el derecho de las víctimas a las reparaciones, en suma que haya justicia.
Ese es el tema hoy.
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