26 ene 2017

Ordenan liberar al ex gober, Rodrigo Medina

Tras ser vinculado a los delitos de peculado y daño en propiedad, fue detenido y llevado al penal del Topo Chico como medida cautelar por 30 días, pero la defensa encabezada por Alonso Aguilar Zinser acusó que no se respetó la suspensión de amparo.
“El juez de control del estado no debió restringir de la libertad al exgobernador imponiéndole la medida cautelar personal, consistente en la prisión preventiva, y contrariar con ello la suspensión provisional decretada por este Juzgado de Distrito", señala el resolutivo.

Medina ingresó al penal a las 04:00 horas de este jueves y cerca de las 20:00 fue liberado tras la orden del juez federal, quien además informó que el delito que se le imputa no es grave ni amerita prisión preventiva.
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Ordenan liberar a Rodrigo Medina
Un juez federal señaló que un Juez de Control de Nuevo León violó una suspensión provisional otorgada al ex gobernador
LSR, 
DAVID CASAS | ESTADOS | 2017-01-26 21:31:00
Por haber violado un amparo que impedía su detención, un juez federal ordenó este jueves la liberación inmediata del ex gobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina.
 El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León con sede en Monterrey, actuando en el juicio de amparo 39/2017, promovido por el ex gobernador, ordenó al Juez de Control de Nuevo León deje sin efecto legal alguno la determinación tomada en cuanto a la prisión preventiva decretada en contra del promovente, en virtud de constituir un incumplimiento a la suspensión concedida previamente.

 El órgano jurisdiccional ordenó al juzgador que las cosas vuelvan al estado que tenían al momento de concederse dicha suspensión, es decir, proveer la libertad e informar de inmediato a este Juzgado de Distrito del cumplimiento, apercibido que de no hacerlo se le impondrá una multa de cien a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización al momento de realizarse la conducta sancionada.
 Ante la posibilidad de que el quejoso se sustraiga de la acción de la justicia, el Juez de Control estimó que es menor, pues el mismo ha comparecido anteriormente en la presente causa por diversos delitos.
 Por lo que hace a la reparación del daño, informó que la misma asciende a la cantidad de $3,567,967,469.00 según se advierte de la solicitud de la fiscalía, de la cual se anexó copia.
 El delito que se le atribuye, agregó el Juez de Control, no es considerado como grave, ni merece prisión preventiva oficiosa; y la presente causa se sigue bajo el nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral.
 El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal señala que además de lo anterior, el Juez de Control no informó que se hubiera incumplido con las obligaciones procesales que le fueron impuestas al promovente.
 Por ello, concluyó, es indudable que al habérsele privado de su libertad personal en la audiencia iniciada el 25 y concluida el 26 de enero, se pone de relieve el incumplimiento por parte del Juez de Control del estado, a la suspensión provisional que fue concedida, sobre todo si se toma en cuenta que del propio informe del juzgador se pone de manifiesto que no se encuentra acreditado el riesgo procesal relativo a que el imputado se sustraiga de la acción de la justicia.
 El ex gobernador, tras ser vinculado a los delitos de peculado y daño en propiedad, fue detenido y llevado al penal del Topo Chico como medida cautelar por 30 días, pero la defensa encabezada por Alonso Aguilar Zinser acusó que no se respetó la suspensión de amparo.
 lrc

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